El reyezuelo y su heredero
En un reino de gentes trabajadoras, pacientes y esperanzadas gobernaba un reyezuelo deseoso de ser admirado por sus extravagancias. Consciente que debía abdicar debido a una adicción narcisista y drogadicta que le impedía ya gobernar sin desvariar, escogió un sucesor que le garantizara seguir sus pasos, ya no ególatras o viciados, pero sí de resentimiento contra todo súbdito que tuviera iniciativa, fuera emprendedor y poseyera alguna propiedad. Estos súbditos eran los que proveían con sus tributos al sostenimiento del reyezuelo y sus abyectos cortesanos. Cortesanos que con el mismo reyezuelo no conocìan lo que era trabajar para proveer a sus familias, siempre dependientes del erario, y cuando no, aquellos que pertenecían a las bandas, vivían de asaltar en los caminos.
Entre otras razones, porque antes de ser reyezuelo pertenecía a una banda de facinerosos que secuestraban, cuando no las asesinaban como hicieron con todos los integrantes de una de las cortes del reino.
Se hizo al poder por su habilidad demagógica con la que sedujo a un grupo de súbditos a los cuales mantenía fieles con prebendas que les otorgaba. Cuando no con cargos de gobierno del reino, al menos con dineros provenientes del erario provisto por los tributos, y con eufemismos de “subsidios a necesitados”. A dicho erario también contribuían las bandas de asaltantes de caminos como donación por contar no sólo con el beneplácito del reyezuelo (quien en el pasado había ejercido iguales prácticas) sino también con la protección de parte de su ejército personal. Ejercito conformado ahora por mercenarios que fueron antes afectos a valores como “el Reino” y “el honor”.
Carlos VI de Francia [i] El rey que se creía era de cristal..[ii]
Captura de pantalla extraída del video Charles VI of France: The King Who Thought He Was Made of Glass, publicado por el canal Medieval Times Discovered en YouTube. Disponible en: Video original
Un grupo de súbditos no afectos al reyezuelo tienen el dilema de cómo hacer para que el heredero deje sus pretensiones y continúen las imbecilidades cometidas por aquel durante su reinado y quien ha demostrado también odios y resentimientos a los reinos vecinos.
Ejemplo de lo que es un heredero:
Carlos II [iii] en armadura (1681), obra de Juan Carreño de Miranda. Dominio público
El dilema surge porque se trata de una situación semejante a la vivida en la Cristiandad o época en que buena parte de las costumbres y parte de los súbditos de diferentes reinados se consideraban cristianos. Es decir, que debían amar a sus enemigos. Sí, una de las prácticas más insólitos instauradas por Cristo. Cuando lo que regía entre las gentes de entonces era la práctica del “ojo por ojo, el diente por diente”, es decir, la venganza proporcional a la ofensa. Cristo echa por tierra esa práctica e instaura la del perdón; que él mismo vivió hasta el extremo en su pasión y muerte, perdonando a todos sus verdugos y enemigos.
Al dilema contribuye también que de otra persona no se puede juzgar su integridad moral, ya que todos somos vulnerables moralmente, y al corazón humano y las intenciones del otro, sólo puede juzgarlos Dios.
Lo que, en cambio, sí pueden juzgar dichos súbditos, preocupados por el bien común, son los asuntos del modo de gobernar el reino y sus argumentos que justifican dicho obrar. Obrar, insistimos, afecto a la violencia, a la destrucción del patrimonio personal producto del trabajo de los súbditos, a argumentos contradictorios cuando no falsos y siempre procurando sembrar el miedo con sus secuaces a lo largo de los caminos del reino.
Amar, en términos cristianos, es querer el bien del otro. Del otro no se puede juzgar su integridad moral, pero sí su obrar con respecto al bien común.
¿Qué es esto del bien común?
Para AI Overview “El bien común se refiere a los recursos, instituciones y condiciones sociales que benefician a todos los miembros de una comunidad, siendo compartidos y sostenibles. Ejemplos clave incluyen el aire limpio, agua potable, parques públicos, sistemas de salud/educación, infraestructura vial, seguridad, y recursos culturales o digitales compartidos.”
Que es algo superior al interés general [iv] y al cual todos deben contribuir. Y es en ese contribuir por lo que ya no sólo como súbditos responsables, sino como cristianos, deben obrar con una acción no-violenta, porque ya no basta una resistencia no-violenta, hay que buscar cómo actuar bajo el ejemplo provisto por Jesucristo.
En primer lugar, no pueden los súbditos conscientes luchar con lanza en ristre, con la violencia que combaten, ya que se igualan a su contrincante. Tendrán que obrar con otros medios.
Formas como denunciar y resistir no violentamente, ya no son suficiente. Otras formas como no pagar impuestos, llenar los caminos con caravanas a tal punto que los secuaces tengan demasiados blancos a los cuales agredir y queden desconcertados.
Algo que pareciera insólito pero que 30 siglos de tradición judeo cristiana han demostrado eficacia: orar.
Sí, orar. Era lo que hacían los primeros cristianos que eran perseguidos por sus creencias en medio del Imperio o de poblaciones bárbaras.
No pagar impuestos contribuye a no llenar el erario para ser utilizado por el reyezuelo en complacer a sus secuaces. En verdad esto explica que durante su reinado buena parte de la población produjera, comerciara y distribuyera en intercambios donde las aduanas y los secuaces no se enteraban. Esto hizo que el reino nunca estuviera desabastecido de alimentos por ser una de las actividades donde esas prácticas son más frecuentes.
Aunque los súbditos podían quejarse y hasta ridiculizar las sandeces del reyezuelo, a este lo tenía sin cuidado lo que dijeran sus súbditos. Él, en cambio, ordenaba a diario que sus pregoneros y trompeteros ocuparan plazas públicas y caminos, anunciando su obrar, que no era nada diferente a sus diversas formas de desvariar.
Pregón en la localidad española de Alginet en 1948. Por Ismael Latorre Mendoza. [v]
Y ¿por qué orar? Aunque no se daba en dicho reino la persecución a los creyentes que se daba en los primeros tiempos en que debían estos ocultarse en catacumbas, sí vale ofrecer el ejemplo de oración comunal además de la personal.
Atrio de la Capilla Griega en la Catacumba Priscila [vi] By Anonymous (photographer), Anonymous (publisher) – Postcard, Public Domain, https://commons.wikimedia.org/w/index.php?curid=66117635
Manifestaciones que cuentan con el desprecio y hasta la burla del reyezuelo, su heredero y adeptos. Sin embargo, la oración puede jalonar la misericordia divina al punto que reyezuelo y heredero caigan en cuenta que no bastan el asalto al erario para complacer a sus secuaces en medio de una población inerme y apática. No, su batallar por permanecer en el poder ya no sólo es contra de súbditos descontentos o reinos vecinos, sino contra Dios mismo. Sí porque al ser una oración de petición para que Dios alivie a los súbditos del flagelo de más de un siglo de parte de esos delincuentes, es posible Dios se apiade y obre de modos sorprendentes, no previstos por el reyezuelo, heredero y adeptos.
[i] Captura de pantalla extraída del video Charles VI of France: The King Who Thought He Was Made of Glass, publicado por el canal Medieval Times Discovered en YouTube. Disponible en: Video original
[ii] Su breve historia en You Tube https://www.youtube.com/watch?v=caw2_d8pPvk
Y documentada https://es.wikipedia.org/wiki/Carlos_VI_de_Francia
[iv] El Bien Común el pensamiento de Jaques Maritain
El Bien común es uno de los conceptos claves de la filosofía política de Jacques Maritain. Para este filósofo católico, el fin de la sociedad política es perseguir el bien común. Pero este bien común no es la mera suma de los bienes particulares, pues, como Aristóteles nos enseña, »incluso en el orden matemático seis es algo más que tres más tres». Es decir, que el número seis tiene vigencia propia e independiente de los sumandos e incluso puede ser resultado de otros diferentes. Y, a su vez, puede combinarse con entidad propia en la serie de los números, en cifras de valor absoluto y relativo ad infinitum.
Escribe Maritain:
[…] con Santo Tomás que cada persona individual es, con respecto a toda la comunidad, lo que la parte con respecto al todo. Esto diferencia el modo de pertenencia a la sociedad estatal de cualquier otra de fines específicos. El hombre se compromete por completo en esta sociedad civil, su vida, sus bienes, su honor. No así en un sindicato, un club o una academia.
Pero ese compromiso, aunque total, no ocurre en virtud de cuanto hay en la persona y cuanto le pertenece. Dice Maritain:
Formo parte del Estado en razón de ciertas relaciones con cosas de la vida común que afectan a todo mi ser, pero en razón de otras relaciones (que también afectan a todo mi ser), con cosas más importantes que la vida en común hay en mí bienes y valores que no existen por el Estado ni para el Estado y que están fuera del Estado.
Por su carácter de bonum, el bien común no puede ser una resultante del simple querer individual, el pecado rousseaniano de desencajar la voluntad de su propia naturaleza. Ni la mayoría ni la unanimidad pueden cambiar la idiosincrasia de la bondad. La democracia no es simple aritmética. Los valores humanos no obedecen a criterios estadísticos. La calidad no es procreación de la cantidad.
Por carácter de común, este bien abarca tanto a la sociedad como a la persona. Es pues común «al todo y a las partes, digo a las partes como si fueren todos, porque la noción misma de persona, significa totalidad». En otras palabras, en tanto se es «individuo» se es parte de la sociedad y en cuanto se es «persona «, es decir, algo más que simple fragmento de materia, se participa de lo social en cuanto se permite al hombre la realización plena de sus más altas funciones en este sentido, «per se». No es el ser humano simple elemento sirviente del Estado. Este personalismo de Maritain es asiento básico para condenar toda forma de totalitarismo que siempre pretende absorber hasta las funciones más espirituales del ciudadano. Y, al mismo tiempo, implica un rechazo de la tesis individualista liberal que considera al hombre como simple átomo social.
Aunque resulta obvio no está de más insistir, y es el propio Maritain quien lo expresa, que el individuo y la persona no son dos seres distintos:
«No existe en mí una realidad que se llama individuo y otra que se dice persona, sino que es un mismo ser, el cual, en un sentido es individuo y en otro es persona. Todo yo soy individuo en razón de lo que poseo por la materia, y todo entero, persona, por lo que me viene del espíritu.»
Según Maritain, el bien común implica tres elementos fundamentales:
1) Redistribución, ayuda al desarrollo personal.
2) Autoridad, es su fundamento.
3) Moralidad intrínseca.
Es decir, la función del bien común obliga a compartir los bienes sociales para beneficio de la persona, para su perfección. De ahí que todo bien comunitario revierte sobre las personas, se redistribuye la participación común. Maritain trató de resumir o de empatar el doble aspecto de su doctrina: personalismo comunitario. La autoridad ha de imponerse sólo tanto cuanto sea necesario a estos propósitos comunitarios. Y no se puede justificar el maquiavelismo para explicar la acción estatal. Una ley injusta no es ley.
Elementos de la definición
Implica:
• El conjunto de condiciones de la vida social: estructuras, libertad, orden, seguridad, educación, empleo, salud (perfeccionamiento físico y espiritual), justicia, familia, vivienda, religión (el hombre tiene una dimensión sobrenatural que es preciso desarrollar);
• Asociaciones y cada uno de sus miembros: integrantes de la sociedad agrupados o individualmente;
• El logro de su propia perfección: plenitud de las potencias.
• Respeto a la persona en cuanto tal. En nombre del Bien Común, las autoridades están obligadas a respetar los derechos fundamentales e inalienables de la persona humana. La sociedad debe permitir a cada uno de sus miembros realizar su vocación. En particular, el Bien Común reside en las condiciones de ejercicio de las libertades naturales que son indispensables para el desarrollo de la vocación humana:
«derecho a actuar de acuerdo con la recta norma de su conciencia, a la protección de la vida privada y a la justa libertad, también en materia religiosa»
GS 26, 2, CIC, n. 1907
• Bienestar social y desarrollo del grupo mismo. El desarrollo es el resumen de todos los deberes sociales. Ciertamente, corresponde a la autoridad decidir, en nombre del Bien Común, entre los diversos intereses particulares; pero debe facilitar a cada uno lo que necesita para llevar una vida verdaderamente humana: alimento, vestido, salud, trabajo, educación y cultura, información adecuada, derecho a fundar una familia, etc. (Cfr. GS 26, 1)” (CIC, n. 1908);
• Implica paz, es decir, estabilidad y seguridad de un orden justo. Supone, por tanto, que la autoridad garantiza por medios honestos, la seguridad de la sociedad y la de sus miembros. El Bien Común fundamenta el derecho a la legítima defensa individual y colectiva (CIC, n. 1909).
En definitiva son cuatro los elementos que constituyen el Bien Común:
1. Las condiciones sociales de paz, justicia y libertad.
2. Un conjunto de bienes materiales, educativos, éticos.
3. Equidad en el reparto de esos bienes.
4. Una adecuada organización social.
Características del bien común:
- Es objetivo
- Es uno de los principios que rigen la vida social que es preciso tener siempre presente.
- Es, también, uno de los conceptos más desgastados y ambiguos, pues se lo confunde con bienestar, o calidad de vida -visión ampliada del bienestar-. Pero estos conceptos centran el fin de la sociedad en el individuo autónomo y nada tienen que ver con el concepto de Bien Común.
- Deriva de la naturaleza humana
El concepto de bien común “está íntimamente ligado a la naturaleza humana. Por ello, no se puede mantener su total integridad más que en el supuesto de que, atendiendo a la íntima naturaleza y efectividad del mismo, se tenga siempre en cuenta el concepto de la persona humana” (PT, n. 55).
No es la suma de los bienes individuales, tampoco la sociedad es la mera suma de los individuos. La sociedad es necesaria para que la persona se realice como tal, y debe presentar una serie de condiciones que hagan posible el desarrollo simultáneo de la persona y de ella misma, hacia la perfección que se dará histórica y culturalmente. No se habla aquí de unas condiciones mínimas de desarrollo ni de algo necesariamente material (aunque lo material forma parte de la “integridad” del desarrollo humano). Se habla de condiciones de posibilidad.
Redunda en provecho de todos
El Bien Común está siempre orientado hacia el progreso de las personas: ‘el orden social y su progreso deben subordinarse al bien de las personas y no al contrario’ […]. Este orden tiene por base la verdad, se edifica en la justicia, es vivificado por el amor.
CIC, n. 1906-9 y 1912
En cuanto a la subordinación a las exigencias del Bien Común, las personas deben proceder necesariamente sin quebranto alguno del orden moral y del derecho establecido, procurando armonizar sus derechos y sus intereses con los derechos y los intereses de las demás categorías económicas profesionales, y subordinar los unos y los otros a las exigencias del Bien Común.
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